martes, 26 de octubre de 2010
miércoles, 20 de octubre de 2010
lunes, 1 de febrero de 2010
jueves, 8 de octubre de 2009
Mesa de DD. HH. y Convivencia
Formación de promotores de Derechos Humanos
Mesa de DD. HH. y Convivencia
Comuna Seis de Medellín
13, 15 y 19 de octubre
Programación
Martes 13 de octubre de 2009 (6:00 a.m. a 8:00 a.m.)
Los derechos humanos, conceptos, atributos, clasificaciones y debates.
Jueves 15 de octubre de 2009 (6:00 a.m. a 8:00 a.m.)
Dignidad e igualdad en la Constitución política de Colombia
Lunes 19 de octubre de 2009 (6:00 a.m. a 8:00 a.m.)
Defensa y protección de los derechos humanos.
Lugar
Universidad Santo Tomás, aula 106
Inscripción
Enviar correo a oficinahabeascorpus@gmail.com
Asesor jurídico y coordinador académico
Rafael Rincón Patiño
sábado, 22 de agosto de 2009
Que los retenes policiales no sean patíbulos de ejecución
Los retenes policiales no pueden ser patíbulos de ejecución para quienes, por inadvertencia o por temor (hoy más que nunca justificado ante los "retenes" de la delincuencia organizada vestida con uniformes militares) desacaten la orden de detenerse para una requisa. El temor de los automovilistas que transitan por las vías nacionales, pueden en cierto grado justificar o atenuar el desacato que eventualmente pueda presentarse, pero en ninguna forma justifica disparar a matar a quien no acate la orden de "pare" impartida desde un retén, muchos de ellos instalados sin la debida señalización. Aquí la autoridad debe dar un gran ejemplo y no rebajarse al nivel de los delincuentes. Aunque fuera cierto que el vehículo se les vino encima -a los militares - desacatando la orden de "alto" pasado, el peligro no tenían por qué cobrar, vindicativamente, la agresión, antecedente o el desacato.
Consejo de Estado. - Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera Santafé de Bogotá D.C. Diciembre diez y seis (16) de mil novecientos noventa y dos (1992).
Consejero Ponente: Dr. Carlos Betancur Jaramillo.
Ref. Expediente No. 7638.- Consulta.- Actor : MARIA AMPARO GALVIS CASTRO
Concepto elaborado por Rafael Rincón P. de la Oficina de Derechos y Gobernabilidad háBeas Corpus
martes, 18 de agosto de 2009
¿Qué es el toque de queda?
martes, 7 de julio de 2009
Apoyo jurídico
¿Qué es la democracia?
Democracia es una
forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.
En sentido estricto la democracia es una forma de gobierno, de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblomediante mecanismos de participación directa o indirecta que le confierenlegitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que todos sus habitantes son libres e iguales ante la ley y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismoscontractuales.
La democracia se define también a partir de la clásica clasificación de las formas de gobierno realizada por Platón primero y Aristóteles después, en tres tipos básicos: monarquía (gobierno de uno), aristocracia (gobierno "de los pocos" para Platón), democracia (gobierno de la multitud para Platón y "de los más", para Aristóteles).1
Hay democracia directa cuando la decisión es adoptada directamente por los miembros del pueblo. Hay democracia indirecta o representativacuando la decisión es adoptada por personas reconocidas por el pueblo como sus representantes. Por último, hay democracia participativacuando se aplica un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas o cuando se facilita a la ciudadanía amplios mecanismos plebiscitarios. Estas tres formas no son excluyentes y suelen integrarse como mecanismos complementarios.
Apoyo jurídico
La delincuencia es normal
"La delincuencia forma parte de la estructura normal de una sociedad: el delito no se encuentra en la mayoría de las sociedades sino en todas, aunque cambia en sus manifestaciones: lo normal es sencillamente que exista una delincuencia y que cada sociedad asuma, sin sobrepasarse, un cierto límite que no es imposible fijar. Más aún: constituye un factor de salud pública, una parte integrante de toda sociedad sana; el delito es normal porque una sociedad sin él seria completamente imposible (.....)
Imaginemos una sociedad de santos, ejemplar y perfecta. Allí, los delitos propiamente dichos no existen, pero las faltas que parecen pequeñas en la opinión normal provocan el mismo escándalo que un delito en las conciencias normales. Por la misma razón un hombre íntegro juzga sus pequeños errores con la misma severidad que la sociedad reserva para los delitos (Durkheim)

